PUBLICADA LA GUÍA PARA LA ORGANIZACIÓN DE MERCADOS Y FERIAS LOCALES EN EUSKADI

PUBLICADA LA GUÍA PARA LA ORGANIZACIÓN DE FERIAS

El Gobierno Vasco ha publicado la Guía para la organización de mercados y ferias locales en Euskadi con la participación de HAZI, ELIKA, EUDEL y las Diputaciones Forales.

Recoge información referente a la correcta organización y condiciones de venta, las normativas aplicables y las condiciones higiénico-sanitarias de los alimentos a la venta, imprescindibles para garantizar la seguridad alimentaria y los derechos de las personas consumidoras.

Enlace a la guia (formato pdf).

 

Por primera vez se nombra a la cerveza:

ETIQUETADO DE CERVEZA

– Denominación de venta: tal y como se recogen en su Reglamentación Técnico Sanitaria: (cerveza, cerveza de cereales, cerveza extra, cerveza sin alcohol, cerveza de bajo contenido en alcohol, cervezas
negras).
– Lista de ingredientes: sólo es obligatoria para las cervezas con una graduación alcohólica en volumen
inferior o igual al 1,2% en volumen.
– Grado alcohólico: obligatorio para la cerveza con grado alcohólico superior al 1,2% en volumen. La cifra
irá seguida del símbolo “% Vol” .
– Cantidad neta: que se expresará en unidades de volumen (litros, centilitros o mililitros).
– Fecha de consumo preferente, siempre que la cerveza tenga una graduación inferior al 10% de alcohol.
– Indicación del lote.
– Identificación de la empresa: nombre, razón social o denominación del fabricante o el envasador, y en
todo caso, su domicilio.
– País de origen o procedencia: cuando su omisión pudiera inducir a error al consumidor en cuanto al país de origen real del alimento.
– Alérgenos: habrá de expresarse, si no se indica en la lista de ingredientes, la presencia de cualquiera de
los alérgenos precedido de la palabra “contiene”.
– Etiquetado nutricional: sólo es obligatoria para las cervezas con una graduación alcohólica en volumen
inferior o igual al 1,2% en volumen.